SOLICITE PRESUPUESTO

Auditores Eniac

A efectos de verificación por el auditor, denominado «Investigador» en este tipo de actuaciones, el trabajo a desarrollar en los proyectos de ENIAC se
enmarca en los diferentes tipos de actuaciones a realizar en relación a programas de subvención a la investigación, desarrollo e innovación de la Unión Europea.

La estructura de los informes a emitir por el auditor, en su calidad de Investigador, por sus particularidades respecto a otros tipos de informes sobre actuaciones
similares, se resume a continuación.

Se deberá emitir dos tipos de informes, durante el período de duración para el programa:

  • Informe anual
  • Informe final
  • Informe anual

 

El Informe anual reflejará la siguiente información:

Datos:

  • Nº Referencia
  • Investigador Principal
  • Título de la actuación
  • Tipo

 

Proyecto

Acción complementaria

Acción integrada

  • Organismo
  • Centro
  • Departamento
  • Fecha de inicio
  • Fecha de finalización
  • Y
  • Fecha de emisión del informe
  • Firma del Investigador

 

Información sobre la Actuación:

  1. Actividades realizadas y grado de consecución de los objetivos propuestos
  2. Gastos realizados en la anualidad
  3. Modificaciones al programa previamente autorizado (si hubiere)

Informe final

Datos:

  • Referencia
  • Investigador Principal
  • Título de la actuación
  • Organismo beneficiario
  • Centro ejecutor
  • Departamento
  • Fecha de inicio del plazo de ejecución
  • Fecha de finalización del plazo de ejecución
  • Subvención recibida (Euros)
  • Fecha de emisión del informe
  • Firma del Investigador

 

Información sobre la Actuación:

  1. Resumen de las actividades realizadas y los resultados alcanzados. Destacar las actividades internacionales realizadas y los beneficios de las mismas para el proyecto.
  2. Describir y comentar el grado de cumplimiento de los objetivos planteados al comienzo de la actividad, fundamentalmente en lo relativo a la internacionalización de la I+D.
  3. Resultados producidos como consecuencias del desarrollo de la actividad (señale las colaboraciones con grupos de investigación de otro país, con los que se colabora en la actividad).
  4. Observaciones e incidencias que se desee señalar.
  5. Gastos realizados
  6. Total de gasto realizado en la última anualidad.
  7. Total de gasto realizado en toda la actuación.
  8. Modificaciones al programa previamente autorizado ( si hubiere).

Características del programa:

Las particularidades específicas de este programa, se desarrollan a continuación.

Los auditores del subprograma de investigación ENIAC, deberán verificar la ejecución del proyecto y su justificación deberán adecuarse al presupuesto total financiable
aprobado que figura en la resolución de concesión.

Como parte de sus verificaciones deberán revisar los anexos individuales de la resolución de concesión determinan el “TOTAL FINANCIABLE” y la cuantía concedida. La
justificación de las ayudas se realizará por el importe Total Financiable. La distribución del “TOTAL FINANCIABLE” por anualidades, en el caso de proyectos con varios
pagos, no condiciona a que la ejecución del proyecto sea anualizada. El presupuesto financiable se ejecutará a lo
largo de toda la duración del proyecto.

Este tipo de trabajos requiere de dos tipos de informes:

  • los científico-técnicos, que dan cuenta del estado de avance del proyecto en relación con sus objetivos
  • los económicos, que recogen las inversiones y gastos efectivamente realizados y pagados relativos al proyecto.

 

La presentación de la documentación justificativa, se realizará preferentemente desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo del año inmediato posterior a la realización
de la actividad o en los periodos habilitados para ello.

Se entiende por presupuesto a justificar del proyecto aprobado el “TOTAL FINANCIABLE” recogido en el Anexo III de la Resolución de concesión de 15 de diciembre de
2011 de. Este “TOTAL FINANCIABLE” corresponde al termino “TOTAL COSTS” comunicado por el Ministerio a la Empresa Común ENIAC en base a la financiación otorgada solo
en la presente convocatoria.

El TOTAL FINANCIABLE aprobado puede ser superior a la suma de las subvenciones concedidas por la Empresa Común ENIAC más el MINECO para la ejecución de la actuación
incentivada. La ayuda concedida del MINECO figura en el Anexo III de Condiciones Particulares de la Resolución de concesión y se compone de todas o alguna de las
siguientes partidas: Costes de ejecución, Costes de personal y Costes Indirectos.

La justificación final, de la ayuda, tanto de los gastos con cargo a la financiación ENIAC, como de los realizados con cargo a la financiación MINECO, será presentada
conjuntamente en el mismo informe científico-técnico y económico y se hará de manera común.

Como en todos los trabajos de verificación de estos proyectos hay que seguir con detalle la documentación que soporta los gastos, es decir los justificantes de los
gastos, así como los justificantes de los pagos. Se podrán emitir hasta el final del plazo de rendición del correspondiente informe, y en todo caso dentro del límite
de tres meses sobre la finalización del período de ejecución que se esté justificando siempre que en ellos se refleje que la fecha de realización del gasto o del pago
está dentro del plazo de ejecución aprobado.

La justificación de los gastos específicos se analiza a continuación.

Gastos de personal:

Los gastos de personal se justificarán dependiendo de lo aprobado en la Resolución de concesión, o en su caso de las modificaciones de la resolución de concesión.

  • Los gastos de personal de nueva contratación deben corresponderse con costes de personal contratado, ajeno al vinculado con el organismo beneficiario con anterioridad a la concesión de la ayuda.
  • Gastos de personal propio (investigadores y técnicos de apoyo) dedicado al trabajo relacionado con el proyecto para las entidades que ejecutan el proyecto a costes totales.
  • Para proyectos a costes marginales, los gastos de personal (que forman parte del concepto “Costes Directos (Gastos de Personal + Otros Gastos de Ejecución)”) permiten la imputación de costes de personal contratado, ajeno al vinculado con el organismo beneficiario con anterioridad a la concesión de la ayuda.
  • Para el caso de proyectos a costes totales el personal (investigadores y técnicos de apoyo) podrá ser propio o contratado y se especificará el porcentaje de dedicación al proyecto.

 

Gastos de ejecución:

Para este tipo de gastos en la determinación del concepto de los mismos, se identificará la vinculación del gasto con el proyecto, y se conservará la documentación
acreditativa que justifique esa vinculación. A modo de ejemplo, si se trata de un viaje a Bruselas para una reunión vinculada con el proyecto, en el concepto de gasto
se hará referencia al objeto del viaje y se conservarán no sólo las copias de los billetes y las liquidaciones, sino cualquier documento que justifique el objeto del
viaje y su duración.

Tratándose de consumos o servicios internos, la documentación justificativa consistirá en partes de salida de almacén o notas internas de cargo, junto con copia de
facturas de los proveedores que permitan la justificación del coste de dichos consumos o servicios.

Dentro del concepto “otros gastos de ejecución”, se incluyen los siguientes:

En la modalidad de justificación a costes marginales:

  • Material inventariable: consistirá en equipamiento científico y fondos bibliográficos, que deberá estar dado de alta en inventario (físico y contable).
  • Material fungible: los gastos generales de material de oficina no tendrán cabida en esta partida, pero sí los gastos informáticos, de correo-mensajería y de fotocopias relacionados con la investigación.
  • Viajes y dietas: deberán corresponder a personal con dedicación al proyecto.
  • Otros gastos: se podrá incluir las cuotas por participar en el proyecto financiado ENIAC y que se abona a la Asociación para las Actividades en Nanoelectrónica Europeas (AENEAS), gastos de formación, colaboraciones externas, de utilización de servicios generales de apoyo a la investigación o grandes instalaciones científicas, publicaciones y gastos de edición y asociados a seminarios externos.

 

En justificaciones a costes totales, además de los que se acaban de indicar, podrá subvencionarse el coste de las amortizaciones del equipamiento
científico.

La convocatoria no financia costes indirectos.

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