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Auditoría justificación subvenciones prevención residuos

La resolución TES 947/2018 de 11 de Mayo aprueba las bases reguladoras para la concesión de ayudas y subvenciones para proyectos de prevención y preparación para la reutilización de residuos municipales.

La justificación del proyecto se realizará de acuerdo a la modalidad de cuenta justificativa con aportación de informe de auditor, establecida en el artículo 74 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Ámbito Norma publicada 17 de mayo Objeto justificación
Catalunya RESOLUCIÓN TES/947/2018, de 11 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para proyectos de prevención y preparación para la reutilización de residuos municipales. La finalidad principal de estasubvención es fomentar la prevención y la preparación para la reutilización de residuos municipales y, por lo tanto, contribuir a lograr una gestión más sostenible y un ahorro de recursos naturales, y a la vez dar cumplimiento a los objetivos establecidos en la normativa vigente. Informe auditor

(punto 18)

Para justificar la subvención, el beneficiario/entidad sin ánimo de lucro o universidad, deberá enviar por los medios electrónicos del portal Canal Empresa la cuenta justificativa (modelo JUST/PREVENRM 2018), que estará disponible en el portal Canal Empresa http://canalempresa.gencat.cat/ca/inici/ con aportación de un informe de auditor, indicando las comprobaciones realizadas.

Para las entidades sin ánimo de lucro y universidades, serán subvencionables el personal propio, el material y otros gastos necesarios para la realización de las actuaciones de prevención proyectadas, incluidas las campañas de difusión y de información asociadas a las actuaciones de prevención a implantar, los equipos directamente vinculados con las acciones y la adecuación de instalaciones. También será subvencionable el coste de la revisión de la cuenta justificativa por un auditor, hasta un importe máximo del 5% del presupuesto total subvencionable con un límite de 1.000 euros.

El informe de la revisión de la cuenta justificativa por parte de un auditor se realizará de acuerdo con los requisitos y el procedimiento que consta en los artículos 5, 6, 7 y 8 de la Orden ECO/172/2015, de 3 de junio, sobre las formas de justificación de subvenciones.

En caso de requerir información al respecto de la auditoria de los gastos para la prevención y preparación de residuos puedes ponerte en contacto con nosotros como auditores ROAC somos auténticos especialistas en la confección de los informes de justificación que requiere esta subvención recientemente publicada.

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