¿Cómo seleccionar a un auditor externo?
Tal y como se contempla en los artículos 7 y 8 del RD Legislativo 1/2011 de 1 de julio de la Ley de Auditoría de Cuentas, para realizar la actividad de auditoría de cuentas es necesario estar debidamente inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC), organismo dependiente del Ministerio de Economía y Competitividad. El ROAC es, por lo tanto, el órgano en el que están registrados la totalidad de los auditores de cuentas individuales y las sociedades de auditoría que desarrollan la actividad en España.
Por ello, en el proceso de selección de un auditor se debe obtener la información necesaria para saber que el auditor reúne las características mencionadas.
Asimismo, es importante entrar en contacto con el mismo, para conocer bien su capacidad y competencia para la realización del trabajo a realizar.
AOB le puede aportar toda la información y atender las diferentes situaciones que dicha cuestión le plantee y conducirle a las conclusiones más adecuadas a sus circunstancias particulares.