Es obligatorio auditar una fundación, al igual que en las sociedades anónimas, cuando se superan dos de tres limites durante dos años consecutivos. Los limites de auditoria obligatoria para fundaciones y asociaciones son: 5,8 millones de euros de facturación, activo total superior a 2,4 millones de euros, y más de 50 trabajadores. Recordar que deben superarse estos limites por la fundación y/o asociación durante dos ejercicios consecutivos.
Es también obligatorio auditarse cuando durante un ejercicio se reciban subvenciones o ayudas con cargo a los presupuestos de las Administraciones Públicas o a fondos de la Unión Europea, por un importe total acumulado de 600.000 euros, o cuando durante un ejercicio económico se hubiesen realizado obras, gestión de servicios públicos, suministros, consultoría y asistencia y servicios a las Administraciones Públicas por el importe anterior. En el caso de fundaciones y asociaciones en Cataluña este límite se ha reducido a 60.000 euros, por lo que es más probable estar obligado a auditar un fundación. En algunas ocasiones la auditoría puede ser también un requisito fijado estatutariamente o realizarse voluntariamente.
Desde AOB auditores nos ofrecemos a realizarle un presupuesto para auditar su fundación y/o asociación. Somos especialistas en auditorías de fundaciones y asociaciones.