Obligación de auditar una fundación

Es obligatorio auditar una fundación, al igual que en las sociedades anónimas, cuando se superan dos de tres limites durante dos años consecutivos. Los limites de auditoria obligatoria para fundaciones y asociaciones son: 5,8 millones  de euros de facturación, activo total superior a 2,4 millones de euros,  y más de 50 trabajadores. Recordar que deben superarse estos limites por la fundación y/o asociación durante dos ejercicios consecutivos.

Es también obligatorio auditarse cuando durante un ejercicio se reciban subvenciones o ayudas con cargo a los presupuestos de las Administraciones Públicas o a fondos de la Unión Europea, por un importe total acumulado de 600.000 euros, o cuando durante un ejercicio económico se hubiesen realizado obras, gestión de servicios públicos, suministros, consultoría y asistencia y servicios a las Administraciones Públicas por el importe anterior. En el caso de fundaciones y asociaciones en Cataluña este límite se ha reducido a 60.000 euros, por lo que es más probable estar obligado a auditar un fundación. En algunas ocasiones la auditoría puede ser también un requisito fijado estatutariamente o realizarse voluntariamente.

Desde AOB auditores nos ofrecemos a realizarle un presupuesto para auditar su fundación y/o asociación. Somos especialistas en auditorías de fundaciones y asociaciones.

Comments are closed.