Auditoria Sociedad Dominante Dispensa

Las Condiciones a las que debe atender una sociedad dominante para poder acogerse a la dispensa de la obligación de consolidar de los subgrupos de sociedades son la siguientes:

  • Los grupos o subgrupos de sociedades deben formar parte de un sector en donde se contemple la posibilidad de dispensa.
  • La sociedad dominante no debe haber emitido valores aceptados a negociación en un mercado de la Unión Europea.
  • La sociedad dominante debe tener una participación de más del 50% de alguna sociedad regida por la legislación de un Estado de la Unión Europea.
  • Todas las sociedades deben consolidarse en las cuentas de un grupo de mayor categoría, en el que su sociedad dominante esté regida por la legislación de algún Estado de la Unión Europea.
  • Los socios o accionistas que tengan menos del 10% de las participaciones sociales, no deben haber solicitado la formulación de cuentas anuales afianzadas durante los últimos seis meses del cierre del ejercicio.
  • La sociedad dispensada debe demostrar que está exenta en sus cuentas anuales.
  • Debe indicar a qué grupo pertenece, su domicilio y razón social de la sociedad dominante del grupo mayor.
  • Deben depositarse en el Registro Mercantil, el informe de gestión, el informe de auditoría y las cuentas consolidadas del grupo mayor, traducidos en varias leguas oficiales, en el lugar de domicilio de la sociedad dispensada.
  • Los socios que posean un 90 % de participaciones sociales, deben declarar estar conformes con la adquisición de una sociedad dominante durante el ejercicio y aplicar la dispensa en el mismo momento en que es adquirida

Al no cumplir alguna de estas condiciones la sociedad dominante no podrá acogerse a la dispensa de la obligación de consolidar de los subgrupos de sociedades.

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