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Auditoria Subvenciones Eniac
Las subvenciones ENIAC corresponden al “Subprograma de Euroinvestigación” cuyas instrucciones se hallan recogidas en el “Manual de Instrucciones para la
Justificación de Ayudas del Subprograma de Euroinvestigación”, que abarcan la ejecución y justificación del programa.
Las instrucciones son comunes para los proyectos presentados a las modalidades:
- Proyectos EuroCores promovidos por la Fundación Europea de la Ciencia.
- Plataformas dentro de la Iniciativa Tecnológica Conjunta ENIAC, con su fundamento jurídico en el artículo 187 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
En los aspectos que sean específicos para la modalidad de “Plataformas dentro de la Iniciativa Tecnológica
Conjunta ENIAC” se hará mención expresa en el correspondiente apartado.
La ejecución del proyecto y su justificación deberán adecuarse al presupuesto total financiable aprobado que figura en la resolución de concesión. Los
fondos asignados al proyecto se ejecutarán a lo largo de toda su duración. Los libramientos de la DGICT constituyen un plan de pagos,
pero no necesariamente un plan de ejecución del proyecto. El gasto por anualidades podrá acomodarse a las necesidades del proyecto.
Los anexos individuales de la resolución de concesión determinan el “TOTAL FINANCIABLE” y la cuantía concedida. La justificación de
las ayudas se realizará por el importe Total Financiable. La distribución del “TOTAL FINANCIABLE” por anualidades, en el caso de
proyectos con varios pagos, no condiciona a que la ejecución del proyecto sea anualizada. El presupuesto financiable se ejecutará a lo
largo de toda la duración del proyecto.
El TOTAL FINANCIABLE aprobado puede ser superior a la suma de las subvenciones concedidas por la Empresa Común ENIAC más el
MINECO para la ejecución de la actuación incentivada. La ayuda concedida del MINECO figura en las Condiciones Particulares
de la Resolución de concesión y se compone de todas o alguna de las siguientes partidas: Costes de ejecución, Costes de personal y Costes Indirectos.
Los gastos que son pagados con cargo a la subvención concedida por el MINECO, han de ser realizados dentro del periodo de ejecución del proyecto
(ver Anexo III de la Resolución de concesión), sin perjuicio de ulteriores concesiones de prórroga que sean otorgadas. Además, dentro del plazo anterior, los gastos
admisibles para el 16,7% de la financiación ENIAC, han de ser realizados dentro del periodo de ejecución del proyecto tal y como se establece en
la Decisión del Consejo de las Autoridades Públicas de la Empresa Común ENIAC.
La justificación final, de la ayuda, tanto de los gastos con cargo a la financiación ENIAC, como de los realizados con cargo a la financiación
MINECO, será presentada conjuntamente en el mismo informe científico-técnico y económico y se hará de manera común.
Los justificantes de los gastos, así como los justificantes de los pagos, se podrán emitir hasta el final del plazo de rendición del correspondiente informe,
y en todo caso dentro del límite de tres meses sobre la finalización del período de ejecución que se esté justificando siempre que en ellos se refleje que la
fecha de realización del gasto o del pago está dentro del plazo de ejecución aprobado.
El total de los gastos de personal se justificará dependiendo de lo aprobado en la Resolución de concesión, o en su caso de las modificaciones de la
resolución de concesión. La justificación se realizará con independencia del origen de la fuente de financiación (ENIAC/MINECO). En el anexo III de
las condiciones particulares de concesión se distingue entre personal propio y de nueva contratación.
- Los gastos de personal de nueva contratación deben corresponderse con costes de personal contratado, ajeno al vinculado con el organismo beneficiario con anterioridad a la concesión de la ayuda.
- Gastos de personal propio (investigadores y técnicos de apoyo) dedicado al trabajo relacionado con el proyecto para las entidades que ejecutan el proyecto a costes totales.
- Para proyectos a costes marginales, los gastos de personal (que forman parte del concepto “Costes Directos (Gastos de Personal + Otros Gastos de Ejecución)”) permiten la imputación de costes de personal contratado, ajeno al vinculado con el organismo beneficiario con anterioridad a la concesión de la ayuda.
- Para el caso de proyectos a costes totales el personal (investigadores y técnicos de apoyo) podrá ser propio o contratado y se especificará el porcentaje de dedicación al proyecto.
En ningún caso se considerarán como justificados gastos de personal realizados con anterioridad a la fecha de inicio del plazo de ejecución aprobado del proyecto.
En la determinación del concepto de gasto, se identificará la vinculación del gasto con el proyecto, y se conservará la documentación acreditativa que
justifique esa vinculación. A modo de ejemplo, si se trata de un viaje a Bruselas para una reunión vinculada con el proyecto, en el concepto de gasto se
hará referencia al objeto del viaje y se conservarán no sólo las copias de los billetes y las liquidaciones, sino cualquier documento que justifique el
objeto del viaje y su duración.
Tratándose de consumos o servicios internos, la documentación justificativa consistirá en partes de salida de almacén o notas internas de cargo, junto con copia
de facturas de los proveedores que permitan la justificación del coste de dichos consumos o servicios.
Dentro del concepto “otros gastos de ejecución”, se incluyen los siguientes:
En la modalidad de justificación a costes marginales:
- Material inventariable: consistirá en equipamiento científico y fondos bibliográficos, que deberá estar dado de alta en inventario (físico y contable).
- Material fungible: los gastos generales de material de oficina no tendrán cabida en esta partida, pero sí los gastos informáticos, de correo-mensajería y de fotocopias relacionados con la investigación.
- Viajes y dietas: deberán corresponder a personal con dedicación al proyecto.
- Otros gastos: se podrá incluir las cuotas por participar en el proyecto financiado ENIAC y que se abona a la Asociación para las Actividades en Nanoelectrónica Europeas (AENEAS), gastos de formación, colaboraciones externas, de utilización de servicios generales de apoyo a la investigación o grandes instalaciones científicas, publicaciones y gastos de edición y asociados a seminarios externos.
En justificaciones a costes totales, además de los que se acaban de indicar, podrá subvencionarse el coste de las amortizaciones del equipamiento
científico.
La convocatoria no financia costes indirectos.
INFORMES DEL AUDITOR
El auditor en su calidad de Investigador, emitirá dos tipos de informes, durante el período de duración del programa:
- Informe anual
- Informe final
- Informe anual
El Informe anual reflejará la siguiente información:
Datos:
- Nº Referencia
- Investigador Principal
- Título de la actuación
- Tipo
Proyecto
Acción complementaria
Acción integrada
- Organismo
- Centro
- Departamento
- Fecha de inicio
- Fecha de finalización
- Y
- Fecha de emisión del informe
- Firma del Investigador
Información sobre la Actuación:
- Actividades realizadas y grado de consecución de los objetivos propuestos
- Gastos realizados en la anualidad
- Modificaciones al programa previamente autorizado (si hubiere)
- Informe final
Datos:
- Referencia
- Investigador Principal
- Título de la actuación
- Organismo beneficiario
- Centro ejecutor
- Departamento
- Fecha de inicio del plazo de ejecución
- Fecha de finalización del plazo de ejecución
- Subvención recibida (Euros)
- Y
- Fecha de emisión del informe
- Firma del Investigador
Información sobre la Actuación:
- Resumen de las actividades realizadas y los resultados alcanzados. Destacar las actividades internacionales realizadas y los beneficios de las mismas para el proyecto.
- Describir y comentar el grado de cumplimiento de los objetivos planteados al comienzo de la actividad, fundamentalmente en lo relativo a la internacionalización de la I+D.
- Resultados producidos como consecuencias del desarrollo de la actividad (señale las colaboraciones con grupos de investigación de otro país, con los que se colabora en la actividad).
- Observaciones e incidencias que se desee señalar.
- Gastos realizados
- Total de gasto realizado en la última anualidad.
- Total de gasto realizado en toda la actuación.
- Modificaciones al programa previamente autorizado ( si hubiere).
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