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Informe Auditoria Eniac

PROGRAMA NACIONAL DE INTERNACIONALIZACIÓN DE LA I+D SUBPROGRAMA EUROINVESTIGACIÓN

BASE NORMATIVA

Las bases normativa del “Subprograma de Euroinvestigación” se hallan recogidas en el “Manual de Instrucciones para la Justificación de Ayudas del Subprograma
de Euroinvestigación”, que abarcan la ejecución y justificación del programa.

CUESTIONES GENERALES

Las instrucciones son comunes para los proyectos presentados a las modalidades:

  • Proyectos EuroCores promovidos por la Fundación Europea de la Ciencia.
  • Plataformas dentro de la Iniciativa Tecnológica Conjunta ENIAC, con su fundamento jurídico en el artículo 187 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

 

En los aspectos que sean específicos para la modalidad de “Plataformas dentro de la Iniciativa Tecnológica Conjunta ENIAC” se hará mención expresa en el
correspondiente apartado.

PRESUPUESTOS Y GASTOS

La ejecución del proyecto y su justificación deberán adecuarse al presupuesto total financiable aprobado que figura en la resolución de concesión. Los fondos
asignados al proyecto se ejecutarán a lo largo de toda su duración. Los libramientos de la DGICT constituyen un plan de pagos, pero no necesariamente un plan
de ejecución del proyecto. El gasto por anualidades podrá acomodarse a las necesidades del proyecto.

Los anexos individuales de la resolución de concesión determinan el “TOTAL FINANCIABLE” y la cuantía concedida. La justificación de las ayudas se realizará por
el importe Total Financiable. La distribución del “TOTAL FINANCIABLE” por anualidades, en el caso de proyectos con varios pagos, no condiciona a que la ejecución
del proyecto sea anualizada. El presupuesto financiable se ejecutará a lo largo de toda la duración del proyecto.

SEGUIMIENTO

El seguimiento del desarrollo del proyecto se realizará a través de dos tipos de informes:

  • los científico-técnicos, que dan cuenta del estado de avance del proyecto en relación con sus objetivos
  • los económicos, que recogen las inversiones y gastos efectivamente realizados y pagados relativos al proyecto.

 

La justificación económica y científico-técnica deberá ser presentada solamente a través de la aplicación telemática disponible en
Sede Electrónica del MINECO.

La presentación de la documentación justificativa se realizará preferentemente desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo del año inmediato posterior a la
realización de la actividad o en los periodos habilitados para ello.

En la modalidad de la Iniciativa Tecnológica Conjunta ENIAC, se remitirá el correspondiente informe de seguimiento científico a la Empresa común ENIAC según las normas,
herramientas, procedimientos por ella establecidos, además, se remitirá por medio de Sede Electrónica, un informe de seguimiento científico- técnico de las actividades
realizadas por el grupo español el cual podrá basarse en el remitido a la Empresa común ENIAC en formato electrónico.

En aplicación de lo dispuesto en la Orden CIN/506/2010, de 26 de febrero, por la que se crea y regula el Registro Electrónico del Ministerio de Economía y
Competitividad, el representante legal del organismo o entidad solicitante deberá validar obligatoriamente mediante firma electrónica avanzada la justificación
del proyecto.

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Deberá mencionarse tanto al MINECO como a la Empresa Común ENIAC (solamente para los proyectos presentados a la modalidad de plataformas dentro de la Iniciativa
Tecnológica Conjunta ENIAC), en los supuestos recogidos en sus disposiciones como entidades financiadoras. Se deberá citar el número de referencia asignado al
proyecto en el material inventariable adquirido, en los contratos y en las publicaciones, así como en otros resultados a los que pueda dar lugar el proyecto
subvencionado.

JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA

Ayudas para los proyectos realizados en el marco de la Empresa Común ENIAC

Se entiende por presupuesto a justificar del proyecto aprobado el “TOTAL FINANCIABLE” recogido en el Anexo III de la Resolución de concesión de 15 de diciembre
de 2011 de. Este “TOTAL FINANCIABLE” corresponde al termino “TOTAL COSTS” comunicado por el Ministerio a la Empresa Común ENIAC en base a la financiación otorgada
solo en la presente convocatoria.

El TOTAL FINANCIABLE aprobado puede ser superior a la suma de las subvenciones concedidas por la Empresa Común ENIAC más el MINECO para la ejecución de la actuación
incentivada. La ayuda concedida del MINECO figura en el Anexo III de Condiciones Particulares de la Resolución de concesión y se compone de todas o alguna de las
siguientes partidas: Costes de ejecución, Costes de personal y Costes Indirectos.

Los gastos que son pagados con cargo a la subvención concedida por el MINECO, han de ser realizados dentro del periodo de ejecución del proyecto (ver Anexo III de
la Resolución de concesión), sin perjuicio de ulteriores concesiones de prórroga que sean otorgadas. Además, dentro del plazo anterior, los gastos admisibles para el
16,7% de la financiación ENIAC, han de ser realizados dentro del periodo de ejecución del proyecto tal y como se establece en la Decisión del Consejo de las
Autoridades Públicas de la Empresa Común ENIAC.

La justificación final, de la ayuda, tanto de los gastos con cargo a la financiación ENIAC, como de los realizados con cargo a la financiación MINECO, será presentada
conjuntamente en el mismo informe científico-técnico y económico y se hará de manera común.

JUSTIFICACIÓN DE LOS GASTOS

Los justificantes de los gastos, así como los justificantes de los pagos, se podrán emitir hasta el final del plazo de rendición del correspondiente informe, y en
todo caso dentro del límite de tres meses sobre la finalización del período de ejecución que se esté justificando siempre que en ellos se refleje que la fecha de
realización del gasto o del pago está dentro del plazo de ejecución aprobado.

La justificación de la aplicación de los fondos a la finalidad establecida en la resolución de concesión se realizará telemáticamente a través de la aplicación
telemática de justificación accesible en Sede Electrónica
de la página Web del MINECO

GASTOS DEPERSONAL

El total de los gastos de personal se justificará dependiendo de lo aprobado en la Resolución de concesión, o en su caso de las modificaciones de la resolución de
concesión. La justificación se realizará con independencia del origen de la fuente de financiación (ENIAC/MINECO). En el anexo III de las condiciones particulares
de concesión se distingue entre personal propio y de nueva contratación.

  • Los gastos de personal de nueva contratación deben corresponderse con costes de personal contratado, ajeno al vinculado con el organismo beneficiario con anterioridad a la concesión de la ayuda.
  • Gastos de personal propio (investigadores y técnicos de apoyo) dedicado al trabajo relacionado con el proyecto para las entidades que ejecutan el proyecto a costes totales.
  • Para proyectos a costes marginales, los gastos de personal (que forman parte del concepto “Costes Directos (Gastos de Personal + Otros Gastos de Ejecución)”) permiten la imputación de costes de personal contratado, ajeno al vinculado con el organismo beneficiario con anterioridad a la concesión de la ayuda.
  • Para el caso de proyectos a costes totales el personal (investigadores y técnicos de apoyo) podrá ser propio o contratado y se especificará el porcentaje de dedicación al proyecto.

 

En ningún caso se considerarán como justificados gastos de personal realizados con anterioridad a la fecha de inicio del plazo de ejecución aprobado del proyecto.

GASTOS DE EJECUCIÓN

En la determinación del concepto de gasto, se identificará la vinculación del gasto con el proyecto, y se conservará la documentación acreditativa que justifique
esa vinculación. A modo de ejemplo, si se trata de un viaje a Bruselas para una reunión vinculada con el proyecto, en el concepto de gasto se hará referencia al
objeto del viaje y se conservarán no sólo las copias de los billetes y las liquidaciones, sino cualquier documento que justifique el objeto del viaje y su duración.

Tratándose de consumos o servicios internos, la documentación justificativa consistirá en partes de salida de almacén o notas internas de cargo, junto con copia de
facturas de los proveedores que permitan la justificación del coste de dichos consumos o servicios.

Dentro del concepto “otros gastos de ejecución”, se incluyen los siguientes:

En la modalidad de justificación a costes marginales:

  • Material inventariable: consistirá en equipamiento científico y fondos bibliográficos, que deberá estar dado de alta en inventario (físico y contable).
  • Material fungible: los gastos generales de material de oficina no tendrán cabida en esta partida, pero sí los gastos informáticos, de correo-mensajería y de fotocopias relacionados con la investigación.
  • Viajes y dietas: deberán corresponder a personal con dedicación al proyecto.
  • Otros gastos: se podrá incluir las cuotas por participar en el proyecto financiado ENIAC y que se abona a la Asociación para las Actividades en Nanoelectrónica Europeas (AENEAS), gastos de formación, colaboraciones externas, de utilización de servicios generales de apoyo a la investigación o grandes instalaciones científicas, publicaciones y gastos de edición y asociados a seminarios externos.

 

En justificaciones a costes totales, además de los que se acaban de indicar, podrá subvencionarse el coste de las amortizaciones del equipamiento
científico.

La convocatoria no financia costes indirectos.

INFORMES DEL AUDITOR

El auditor en su calidad de Investigador, emitirá dos tipos de informes, durante el período de duración del programa:

  • Informe anual
  • Informe final
  • Informe anual

 

El Informe anual reflejará la siguiente información:

Datos:

  • Nº Referencia
  • Investigador Principal
  • Título de la actuación
  • Tipo

Proyecto

Acción complementaria

Acción integrada

  • Organismo
  • Centro
  • Departamento
  • Fecha de inicio
  • Fecha de finalización
  • Fecha de emisión del informe
  • Firma del Investigador

 

Información sobre la Actuación:

  1. Actividades realizadas y grado de consecución de los objetivos propuestos
  2. Gastos realizados en la anualidad
  3. Modificaciones al programa previamente autorizado (si hubiere)

Informe final

Datos:

  • Referencia
  • Investigador Principal
  • Título de la actuación
  • Organismo beneficiario
  • Centro ejecutor
  • Departamento
  • Fecha de inicio del plazo de ejecución
  • Fecha de finalización del plazo de ejecución
  • Subvención recibida (Euros)
  • Fecha de emisión del informe
  • Firma del Investigador

 

Información sobre la Actuación:

  1. Resumen de las actividades realizadas y los resultados alcanzados. Destacar las actividades internacionales realizadas y los beneficios de las mismas para el proyecto.
  2. Describir y comentar el grado de cumplimiento de los objetivos planteados al comienzo de la actividad, fundamentalmente en lo relativo a la internacionalización de la I+D.
  3. Resultados producidos como consecuencias del desarrollo de la actividad (señale las colaboraciones con grupos de investigación de otro país, con los que se colabora en la actividad).
  4. Observaciones e incidencias que se desee señalar.
  5. Gastos realizados
  6. Total de gasto realizado en la última anualidad.
  7. Total de gasto realizado en toda la actuación.
  8. Modificaciones al programa previamente autorizado ( si hubiere).

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